MISIÓN :
Ser un Organismo Privado que agrupe a personas físicas y Morales profesionales que presten sus servicios inmobiliarios en la Zona Metropolitana de Veracruz , bajo sus estatutos, Decálogo y un código de ética, cuyo fin es la formación integral de sus asociados, dignificar las prácticas inmobiliarias y proteger los derechos de la propiedad privada.
VISIÓN :
Ser el organismo líder de los profesionales inmobiliarios Representar al gremio de los prestadores de servicios inmobiliarios Promover la investigación y capacitación, así como impulsar la adopción de los avances tecnológicos
FILOSOFÍA DE TRABAJO:
Desarrollar una visión compartida basada en un nivel de confianza para homologar criterios de operación, bajo un código de ética, con el fin de prevenir cualquier acto que atente a la integridad de la profesión inmobiliaria.
NUESTROS ESTATUTOS:
CLAUSULAS DENOMINACION, OBJETO, DURACION, DOMICILIO Y NACIONALIDAD
PRIMERA.-La Asociación se denomina “ASOCIACION MEXICANA DE PROFESIONALES INMOBILIARIOS SECCION ZONA CONURBADA VERACRUZ-BOCA DEL RIO “denominación que ira siempre seguida de la palabra “ASOCIACION CIVIL” o de su abreviatura AC en el curso de estos estatutos se usará la palabra “ASOCIACION” para designar a la asociación antes descrita
DEL OBJETO
SEGUNDA.-La Asociación tendrá los siguientes fines: a).-Agrupar a los Profesionales Inmobiliarios en sus diversas especialidades tales como administradores, agentes consultores valuadores, asesores en crédito y promotores profesionales inmobiliarios b).-Propugnar por su capacitación mejoramiento profesional c).-Vigilar el ejercicio Profesional con objeto de que se realice dentro del más alto plano ético de acuerdo con el código de ética de la Asociación d).-Promover la expedición de leyes y reglamentos y de su reformas para proteger e impulsar el ejercicio Profesional Inmobiliario e).-Proponer la creación de aranceles profesionales para el ejercicio de la profesión inmobiliaria y una vez establecido vigilar su cumplimiento y actualización f).-Procurar que las personas dedicadas a estos trabajos sean siempre retribuidas de forma correcta y oportuna g).-Servir de árbitros en los conflictos entre los asociados y entre estos y sus clientes cuando este ultimo este de acuerdo a someterse a dicho arbitraje h).-Prestar la más amplia colaboración al poder público como grupo consultivo en problemas relacionados con la actividad inmobiliaria y representar a sus miembros ante toda clase de autoridades en lo relativo al ejercicio profesionali).-Fomentar e impulsar los medios adecuados para la formación profesional de sus asociados pugnando por el establecimiento de una carrera a nivel profesional y una vez logrado mantener actualizados los planes de estudios correspondientes. j).-Pugnar por obtener para sus asociados el reconocimiento de la profesión inmobiliaria por parte de las autoridades competentes y una vez logrado gestionar expedición de títulos o patentes de operación k).-Otorgar y retirar a sus agremiados en su caso las credenciales que les acredite como tales l).-difundir el conocimiento de la profesión tanto entre autoridades como entre el público en general m).-Diseñar y difundir una imagen de los profesionales que los uniforme y distinga n).-Mantener informados a los asociados de noticias que se relacionen con la actividad inmobiliaria
DEL DOMICILIO
TERCERA.-El domicilio social es la Ciudad de Veracruz, Veracruz pero podrá establecer agencias, representaciones y oficinas en cualquier parte del país o del extranjero así como en LA ZONA CONURBADA VERACRUZ BOCA DEL RIO ALVARADO O MEDELLIN, así mismo los integrantes se someten a las leyes vigentes en el estado de Veracruz y sus tribunales en todo cuanto se relaciones con la interpretación y aplicación de estos estatutos renunciando al fuero de su domicilio actual y futuro
DE LA DURACION
CUARTA.- La duración será por tiempo indefinido
DE LOS ASOCIADOS
QUINTA.- La Asociación se integrara por las personas que sean aceptadas por el consejo directivo y previamente demuestren que reúnen los siguientes requisitos a).-Que se dediquen por cuenta propia o como representantes legales de terceros de una manera principal y permanente a cualquiera de las siguientes actividades:-- 1.-CONSULTORIA Las actividades especializadas que sirven de apoyo al ejercicio profesional inmobiliario 2.-VALUACION Las actividades relacionadas con la determinación de los valores de los inmuebles 3.-ASESORIA EN FINANCIAMIENTO.- Las actividades relacionadas con los aspectos financieros inmobiliarios 4.-PROMOCION.-Las actividades relacionadas con la integración y realización de proyectos inmobiliarios incluyendo la coordinación para realizar dichos proyectos .. 5.-COMERCIALIZACION.-Las actividades relacionadas con la compra o venta de un producto o servicio inmobiliario 6.-ADMINISTRACION.-Las actividades relacionadas con la operación de un inmueble para optimizar los objetivos del propietario b).-Que demuestren estar debidamente establecidos y registrados administrativa y fiscalmente ante las autoridades competentes c).-Que demuestren una antigüedad mínima de un año dedicados a estas actividades d) Que soliciten por escrito su ingreso a la Asociación según los trámites establecidos y que protesten cumplir con los estatutos y los códigos de ética que la misma expide e).-: Que aprueben el examen de la Asociación o en su defecto que se apeguen al plan de carrera propuesto por la vocalía de capacitación para, que demuestre su capacidad profesional y conocimiento del código de ética profesional de la misma f).-Que sean recomendados por escrito por un asociado con antigüedad mínima de dos años en la Asociación g).-Que sean aceptados por el Consejo Directivo de la Asociación
SEXTA.-Son Obligaciones de los Asociados a).-Pagar cuota de inscripción b).-Cubrir puntualmente las cuotas ordinarias y extraordinarias que apruebe el consejo directivo de la Asociación c).-Concurrir a las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de la Asociación d Cubrir puntualmente la inscripción, cuotas ordinarias y extraordinarias aprobadas por el consejo Nacional e).-Acudir con regularidad a las sesiones habituales de membresía con asistencia mínima de ochenta por ciento anual o enviar un representante o afiliado con carta poder en caso de votación de asamblea f).-- El socio se obliga al buen uso del diploma de membresía, distintivos y logotipos y en caso de causar baja se obliga a devolver los mismos y a quitar Logotipo AMPI de páginas ,letreros y tarjetas de uso personal g).-Cumplir y hacer cumplir los estatutos y reglamentos de la asociación h).-Mantener una constante acción para su superación profesional y en particular en las actividades de la Asociación i).-Desempeñar fielmente las comisiones que se le confieren y trabajar la misma j).-Acatar los lineamientos que establezcan la Asamblea y el consejo directivo dentro del ámbito de sus atribuciones k).-Fomentar la solidaridad entre los integrantes l).-Desempeñar sus actividades profesionales de acuerdo con el código de ética de la Asociación m).-Cumplir con las Obligaciones fiscales y administrativas que establezcan las autoridades competentes n).-Mantener informada a la Asociación del domicilio, teléfono y nombre de la razón social donde labore
SEPTIMA.-Los Asociados que estén al corriente de las obligaciones que establece la cláusula SEXTA tendrán derecho a lo siguiente a) Asistir con voz y voto a las asambleas de la Asociación b) Poder ser electos para formar parte del Consejo Directivo de la Asociación, cumpliendo los requisitos establecidos c) Utilizar los servicios que se gestionen o establezcan en beneficio de los Asociados d) Participar en las actividades de la Asociación e) Recibir constancias de membresia y los elementos de identificación que se determinan f) Renunciar a pertenecer a la Asociación previa comunicación por escrito al Presidente del Consejo directivo g) Incluir en todos sus elementos de identificación el logotipo oficial de la Asociación de acuerdo al reglamento correspondiente. h) Presentar alguna queja o situación al comité de honor y justicia con algún tema relacionado a la asociación de las actividades que desarrollamos
DE LOS AFILIADOS
OCTAVA.-Podrán ingresar como AFILIADOS a la Asociación, las personas que reúnan los siguientes requisitos: a) Ser socio empleado o colaborador de un asociado que se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones ,Cuando cambie su carácter de socio ,empleado o colaborador ,perderá su calidad de “ Afiliados En esta categoría podrán ser incorporados también los profesionales inmobiliarios mexicanos o extranjeros que realicen sus actividades fuera del país b) Acreditar su carácter de Socio ,empleado o colaborador , en el caso de los mexicanos o extranjeros que realicen sus actividades fuera del país, acreditar que se dedican por cuenta propia o de terceros de una manera principal o permanente a cualquiera de las actividades inmobiliarias previstas en los presentes estatutos c) Solicitar por escrito su incorporación como afiliado de la Asociación cumpliendo con los trámites establecidos y comprometiéndose a respetar los estatutos y el código de ética - d) Ser recomendado por escrito por el Asociado con el cual tenga relación de socio ,empleado o colaborador, ser aceptado por el Consejo Directivo, en su caso , en el caso de los mexicanos o extranjeros que realicen sus actividades fuera del país ,ser recomendados por escrito por un asociado con antigüedad mínima de dos años dentro de la Asociación o acreditar ser miembro correspondiente en el país de residencia e) -Que aprueben el examen propuesto por la asociación que demuestre su conocimiento profesional y los documentos gremiales de esta Asociación y/o se apeguen al plan de carrera propuesto por la vocalía de capacitación
NOVENA.-Son obligaciones de los Afiliados a).-: Pagar la cuota asignada a los afiliados tanto Nacional como local En el caso de los mexicanos o extranjeros que realicen sus actividades fuera del país pagarán como cuota anual la que fija el consejo directivo de esta Asociación a los asociados - Cubrir oportunamente las cuotas ordinarias y extraordinarias para afiliados que apruebe el consejo Directivo de la Asociación b).-Cumplir y hacer cumplir los estatutos y reglamentos de esta Asociación c).-Mantener una constante acción de superación profesional y de participación en las actividades de la Asociación d).-Acatar los lineamientos que establezca el Consejo Directivo de la Asociación e).-Fomentar la solidaridad gremial f).-Desempeñar sus actividades profesionales de acuerdo al código de ética de esta Asociación - g).-Cumplir con las obligaciones ciudadanas que establezcan las autoridades en el lugar en donde se despeñe profesionalmente h).-Mantener informada a la Asociación de cualquier cambio de domicilio, teléfono y nombre de la razón social donde labore-.
DECIMA.-Los Afiliados que estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tendrán derecho a lo siguiente a).-Utilizar los servicios que se gestionen o establezcan en beneficio de los Afiliados b).-Participar en las actividades sociales, culturales y educativas de la Asociaciónc).-Recibir constancia de Afiliación d).-Renunciar a su calidad de Afiliado previa comunicación por escrito al Presidente de Consejo Directivo de la Asociación e).- Adquirir calidad de socio, previa autorización del socio que lo afilio y del consejo de la Asociación Pasados 365 días de espacio entre su salida de afiliado y su intención de Socio de nuevo Ingreso f).-En caso de causar baja, se obliga a devolver diploma de membresía, distintivos y retirar logotipos
DECIMA PRIMERA.-En caso de incumplimiento o infracción a las disposiciones establecidas en los presentes estatutos o el código de ética de la Asociación, se seguirá el siguiente procedimiento para sancionar al Asociado o afiliado que resulte responsable a).-La Comisión de Honor y Justicia de la Asociación citará a las partes involucradas para que manifiesten lo que su derecho convenga ,integrando el expediente respectivo con las pruebas aportadas y la investigación realizada dentro de un plazo de 30 días contando a partir de la fecha en que se sea sometido a su consideración el asunto ,al término del cual informara al consejo directivo su dictamen y éste comunicara por escrito en los sucesivo s quince días la sanción correspondiente En un plazo de cinco días hábiles, contando a partir de la fecha de notificación por escrito de la resolución, podrá interponerse recurso de revisión ante el consejo Directivo, el cual en un periodo de 15 días resolverá sobre el particular comunicado, su fallo a la Comisión de honor u justicia para los efectos conducentes Las sanciones que podrán ser impuestas a los Asociados o Afiliados serán: 1.-Una advertencia 2.-Una amonestación3.-Suspensión temporal de sus derechos o 4.-La expulsión de la Asociación -Cuando el incumplimiento a los Estatutos consista en la falta de pago oportuno de las cuotas ordinarias y extraordinarias establecidas por el consejo Directivo, se determinarán y aplicaran la sanción correspondiente, sin procedimientos previstos dejando constancia en el acta de la sesión respectiva -Cuando la sanción se aplique a un afiliado debe notificarse igualmente al Asociado por escrito con el cual tenga el carácter de socio, empelado o colaborador- -
.DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION
DECIMO SEGUNDA.-El gobierno de la Asociación radica en los siguientes ordenes : I.- LA ASAMBLEA II.- EL OCNSEJO DIRECTIVO III LA COMISION DE HONOR Y JUSTICIA IV CONSEJO CONSULTIVO
-DE LA ASAMBLEA GENERAL
DECIMA TERCERA.- La Asamblea General es el Órgano supremo de la Asociación
DECIMO CUARTA.- La asamblea general puede ser ordinaria o extraordinaria DECIMA QUINTA.- La Asamblea General Ordinaria se reunirá al finalizar su ejercicio en el mes de Diciembre o principios de Enero del año siguiente al cierre del ejercicio y se ocupara de: a), .Aprobar en su caso los informes de trabajo y los estados financieros que presente el consejo directivo b).Elegir de entre sus miembros al Vicepresidente que tenga una antigüedad como socio de dos años y que haya participado en un 70% a las reuniones de socios formales para trabajar con el consejo el siguiente periodo en dicho cargo c).En caso de que el vicepresidente electo por la membresía por causas de fuerza mayor no pueda ejercer el cargo, el consejo directivo vigente elegirá de entre sus, miembros a quien cubrirá el puesto de Presidente el siguiente periodo d) Los demás asuntos que establezcan la orden del día conforme a estos estatutos. e) TRANSITORIA.-Por única ocasión al ser una nueva disposición en estos estatutos en caso de ser aprobados, se votará por dos miembros de la asociación que previamente manifestaron su intención de participar como candidatos a la vicepresidencia del periodo 2021/2022 y que dirigirá el consejo directivo 2023/2024
DECIMA SEXTA.-La Asamblea General Extraordinaria se reunirá cuando lo determine el Consejo directivo o a petición por escrito de por lo menos el veinticinco por ciento de los Asociados ´para a).-Acordar sobre las modificaciones de los estatutos b).-Tratar cualquier punto que no sea de la competencia de la Asamblea ordinaria c).-Remover al presidente así como a cualquiera de los miembros del consejo directivo cuando su gestión amerite tal extremo.
DECIMO SÉPTIMA.-.-La convocatoria para la Asamblea ya sea ordinaria o Extraordinaria deberá hacerla el Presidente del Consejo Directivo o en su defecto dos de los miembros del Consejo mediante carta certificada con acuse de recibo al correo electrónico de los Asociados que conste en el directorio de la Asociación por lo menos con quince días de anticipación a la celebración de la Asamblea, la convocatoria deberá contener el orden del día.
DECIMO OCTAVA.-Las Asambleas serán presididas por el presidente del consejo Directivo, su falta será suplida por el vicepresidente y a falta de alguno de los anteriores por cualquier miembro del consejo previamente elegido por el resto de los consejeros.
DECIMO NOVENA.-La Asamblea Ordinaria podrá celebrarse válidamente, en virtud de primera convocatoria, si está representado por lo menos el cincuenta por ciento de los miembros y la Asamblea Extraordinaria, si está representada por lo menos el sesenta por ciento de los miembros .Las resoluciones serán válidas cuando se tomen parel voto favorable de la mayoría de los presentes tanto en Asamblea Ordinaria como Extraordinaria
VIGESIMA.-Cuando por falta de quórum no pueda celebrarse una Asamblea en primera convocatoria , Los Asociados se reunirán previa segunda convocatoria con un plazo mínimo de 30 minutos .Las resoluciones tomadas en este caso por la mayoría de los miembros serán válidas ,asistiendo un mínimo de asociados
VIGESIMA PRIMERA.-: Cada asistente tendrá derecho a voz y a un voto en las Asambleas y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos, teniendo el presidente voto de calidad en caso de empate. Los Asociados podrán representar únicamente a otro asociado mediante carta poder que los autorice Los Asociados podrán votar siempre y cuando tengan 6 meses de antigüedad y estén al corriente en todas sus cuotas tanto lo cal como nacional .Entendiendo estar al corriente a presentar el pago del ms en curso en que ocurra la votación
DEL CONSEJO DIRECTIVO
VIGESIMO SEGUNDA.-El consejo Directivo estará integrado por asociados los cuales serán electos por el Presidente por un periodo l de dos años .cada periodo social se iniciara el 1 de enero y terminará el treinta y uno de diciembre del siguiente año En caso de muerte, renuncia o destitución de alguno de los consejeros, será sustituido durante el plazo que reste de la gestión por la persona que haya quedado como suplente si no hubiera podrá ser asignado por el Presidente. El Consejo Directivo se renovará en un cincuenta por ciento cada año, VIGESIMA TERCERA.-El Consejo Directivo deberá reunirse una vez al mes, mediante convocatoria del Presidente o de dos de sus integrantes. Cualquier Consejero podrá ser destituido a juicio del consejo, por faltar a tres sesiones durante el periodo para el que fuera electo, Podrá celebrar sesiones extraordinarias por convocatoria del Presidente o de dos de sus miembros VIGESIMA CUARTA.-Son facultades y deberes del Consejo Directivo: a) : CONVOCAR a votación de entre la membresía para elegir al Vicepresidente del consejo quien lo será a la vez de la Asociación el cual deberá tener antigüedad mínima de dos años para poder participar b) El presidente solo podrá reelegirse consecutivamente por una vez siempre y cuando sea dentro del periodo de dos años para el cual haya sido electo como consejero c) El Presidente podrá elegir de entre La membresía a los miembros del Consejo (quienes se comprometan a aplicar con ética y responsabilidad el cargo que representen d) Nombrar y remover de entre sus miembros al Tesorero quien lo será a su vez de la Asociación e) Nombrar y remover a los jefes de los comités de trabajo. f) Ejecutar los acuerdos tomados de las Asambleas g)Representar a la Asociación por medio de su Presidente ,con facultades amplísimas para pleitos y cobranzas actos de administración y de dominio en los términos de los artículos dos mil cuatrocientos ochenta y siete u dos mil quinientos veinte del código civil vigente para el Estado de Veracruz y sus correlativos en el Distrito Federal con todas las facultades generales y las especiales que conforme a la ley requieran clausula especial, para articular y absolver posiciones pudiendo sustituir en todo o en parte estas facultades h) Comisionar a los consejeros para el desempeño de sus funciones específicas determinando sus facultades i) Llevar por conducto del Tesorero la contabilidad de la Asociación j) Preparar y someter a la aprobación de la Asamblea Ordinaria el Balance General del ejercicio fiscal anterior rindiendo informe anual de las gestiones y de los estados financieros k) Convocar a las Asambleas l) Autorizar a los Asociados y afiliados, cuando así lo soliciten por escrito por causa justificada, licencias temporales, máximo por un año como miembros suspendiendo el pago de las cuotas respectivas m) Otorgar diplomas y reconocimientos
VIGESIMA QUINTA.-Cuando por cualquier causa no se elija al consejo el que está en funciones continuará en el cargo hasta que tomen posesión sus nuevos miembros
VIGESIMA SEXTA .-El Presidente del Consejo Directivo será representante legal de la Asociación y tendrá facultades de acuerdo con el artículo VIGESIMO CUARTO de estos estatutos ,para sustituir a favor de otro asociado poderes generales o especiales para pleitos, cobranzas y actos de administración en los términos de los párrafos primero y segundo del artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil vigente del DISTRITO FEDERAL o sus correlativos del Estado de Veracruz así como para revocarlos
VIGESIMO SEPTIMA.- El Presidente del Consejo Directivo vigilará directamente que se cumplan los acuerdos tomados en las Asambleas y por el propio consejo promoviendo y gestionando cuando interese el desarrollo y buen funcionamiento de la Asociación y consecución de sus fines
VIGESIMA OCTAVA.- EL Vicepresidente suplirá en caso de ausencia al Presidente quien estará facultado para presidir r las sesiones del Consejo y la Asamblea con las mismas facultades y obligaciones del presidente .En caso de ausencia del mismo un miembro elegido por los consejeros directivos ,suplirá las ausencias del presidente o vicepresidente y en consecuencia estará facultado para presidir r las sesiones del Consejo y la Asamblea con las mismas facultades y obligaciones del presidente : LAS CONSEJERIAS O VOCALIAS de la Asociación serán: a): CONSEJERO O VOCALIA DE ADMINISTRACION a cargo de: 1. Portafolio de beneficios a socios 2. Convenios 3. Campañas de promoción para aumentar la membresía 4. Recepción de solicitudes de admisión de nuevos socios 5. Revisión de expedientes de socios y nuevos socios pagos de cuotas nacionales 6. Convocar a reunión para autorizar a nuevos socios 7. Reclutamiento constante 8. Asuntos administrativos de membresía b): CONSEJERO O VOCALIA DE COMUNICACIÓN a cargo de: 1. Coordinar las felicitaciones de cumpleaños de socios y afiliados 2. Coordinar mensajes de celebracion,esquelas o avisos importantes a la membresía y comunidad 3. Coordinar resumen de noticias periódicas sobre el ramo para enterar a la membresía 4. Mantener el directorio actualizado de medios de comunicación 5. Convocar a ruedas de prensa o dar comunicados en caso de ser necesario 6. Coordinar celebraciones o eventos importantes 7. Marketing digital AMPI 8. Mensajes de motivación a la membresía c) CONSEJERO O VOCALIA DE CAPACITACION: 1. Comunicación directa con CCIE 2. Promoción de cursos, talleres y certificaciones para la membresía 3. Promover el plan de carrera para la membresía 4. Coordinar reconocimientos , gímnicos y promocionales para la membresía 5. Coordinar congresos foros y todo lo relacionado con capacitación 6. Coordinar con tesorería los pagos y cobros relacionados a cursos 7. Coordinar recepción y entrega de diplomas a membresía 8. Coordinar que los socios cuenten con las certificaciones básicas necesarias VIGESIMO NOVENA.- El Presidente nombrará de entre sus miembros de la Asociación al secretario, el que tendrá de las siguientes atribuciones y obligaciones: a) Asistir a las sesiones del Consejo Directivo y a las Asambleas Generales redactando las minutas y actas correspondientes b) Coordinar las convocatorias para las juntas desayunos y asambleas para enviar a la membresía cuando así lo determine el consejo o Presidente c) Certificar cuando proceda los acuerdos tomados en las sesiones y los documentos provenientes de la Asociación d) Llevar una agenda de eventos para que no coincidan entre sí o entre eventos a nivel nacional e) Coordinar los ingresos y egresos de los socios a los chats pertenecientes AMPI y contar con todas las contraseñas de cada una de las redes sociales f) Apoyar al tesorero en la firma mancomunada de cheques g) Apoyaren la coordinación entre consejeros para que los proyectos fluyan y no choquen entre si h) Coordinar actividades de asistencia en oficina.
TRIGESIMA.-: El Presidente del Consejo Directivo debe nombrar de entre sus miembros un tesorero, el cual tendrá las siguientes facultades y obligaciones: a) Llevar la contabilidad de la Asociación utilizando los servicios que apruebe el consejo b).-Tener bajo su custodia la chequera y toquen de los fondos de la Asociación c).-Girar de acuerdo con las resoluciones del Consejo de las cuentas bancarias abiertas para la Asociación d).-La cuenta bancaria de la Asociación se llevara en forma mancomunada con el secretario y Presidente e).-Recabar las cuotas de inscripción de los nuevos socios y afiliados f).-Recabar las cuotas de los socios y afiliados en la forma que fije el Consejo g) Coordinar junto al secretario la entrada o salida de socios en los chats de acuerdo a los pagos 1.-El Consejo Directivo debe nombrar de entre sus miembros AL CONSEJERO ENCARGADO DE LA BOLSA INMOBILIARIA, el cual tendrá las siguientes facultades y obligaciones: CONSEJERO DE BOLSA INMOBILIARIA 1. COORDINAR CON LA MEMBRESIA LA CAPTACION DE PROPIEDADES QUE SE PUEDEN COMPARTIR EXCLUSIVAS O FIRMADAS PARA VENTA O RENTA 2. COORDINAR CON LA MEMBRESIA LAS PROPIEDADES PARA INFONAVIT O FOVISSTE 3. ACTUALIZAR Y ENVIAR LA INFORMACION A LA MEMBRESIA 4. COORDINAR Y ACTUALIZAR LA PAGINA DE AMPI EN EL RUBRO DE PROPIEDADES 5. COORDINAR Y ACTUALIZAR LA BOLSA INMOBILIARIA QUE SE PUBLICITA EN REDES,REVISTAS Y PAGINA AMPI NACIONAL 6. COORDINAR Y AGENDAR OPEN HOUSE DE LA MEMBRESIA PARA LLEVAR UN ORDEN EN EL MISMO 7. PROMOVER Y PROPONER EL TRABAJO EN EQUIPO Y LAS BUENAS PRACTICAS DENTRO DE LA MEMBRESIA AL MOMENTO DE COMPARTIR 8. FOMENTAR QUE LOS SOCIOS ACTIVOS PONGAN EN TODAS SUS PUBLICACIONES EL LOGO AMPI Y SOLICITAR A LOS YA NO SOCIOS QUITARLO DE SUS PUBLICACIONES Y LETREROS 2.-: El Consejo Directivo debe nombrar de entre sus miembros AL CONSEJERO ENCARGADO DE VINCULACION, el cual tendrá las siguientes facultades y obligaciones: a) ACTUALIZAR LA AGENDA DE TODOS LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y POLITICOS DEL AÑO EN CURSO b) REALIZAR VISITAS A LOS DIFERENTES ORGANISMOS PARA OBTENER DATOS PRECISOS Y COMUNICACIÓN DIRECTA CON LOS INVOLUCRADOS c) REALIZAR VISITAS A LAS ENTIDADES Y PRESTADORES DE SERVCIOS CON EL FIN DE ESTRECHAR RELACIONES ENTRE ELLOS Y AMPI d) COORDINAR VISITAS DE LOS FUNCIONARIOS A LOS DESAYUNOS CON AGENDA PREVIA e) ENCONTRAR PUNTOS DE NEGOCIO ENTRE AMPI Y DESARROLLADORES O INVERSIONISTAS CON EL FIN DE PROMOVER EN GRUPO Y OBTENER EXCLUISVAS AMPI COORDINADO CON CONSEJERO DE BOLSA INMOBILIARIA f) ESTRECHAR Y VINCULAR CON ORGANISMOS QUE PROMUEVAN LA REGULACION DE LA ACTIVIDAD INMOBILIARIA g) COORDINAR PATROCINIOS QUE APOYEN LOS PROYECTOS DEL CONSEJO EN GENERAL h) APOYAR A LA MEMBRESIA CUANDO REQUIERAN EL APOYO EN LA RESOLUCION DE UN PROBLEMA QUE TENGA QUE VER CON ALGUNA AUTORIDAD
TRIGESIMA PRIMERA El Consejo Directivo designara aquellas personas que fungirán como jefes de los comités de trabajo
DE LA COMISION DE HONOR Y JUSTICIA
TRIGESIMA SEGUNDA: La Comisión de Honor y Justicia estará integrada por tres socios ex Presidentes activos quienes no podrán tener otro cargo dentro del consejo directivo y serán designados por el Presidente del Consejo Directivo TRIGESIMO TERCERA Comisión de Honor y Justicia tendrá a su cargo las siguientes funciones: a).-Proponer al Consejo Directivo las Normas AL Código de Ética de la Asociación b) Determinarán las soluciones correspondientes en relación con el incumplimiento o información de cualquiera de las obligaciones contenidas en el código de Ética por parte de cualquiera de los Asociados
TRIGESIMA CUARTA.-Los integrantes de la comisión durarán en el cargo el mismo tiempo que el consejo que los designe DEL CONSEJO CIONSULTIVO TRIGESIMA QUINTA.-El consejo consultivo estará integrado por los ex miembros del consejo inmediato anterior activos de la Asociación y será encabezado por el Presidente de la Asociación en funciones quien lo convocará cuando considere conveniente
TRIGESIMO SEXTA Las facultades del Consejo consultivo consistirán en mantener actualizadas las políticas de la Asociación y en asesorar al presidente en funciones en lo que el mismo solicite DE LOS COMITES DE TRABAJO TRIGESIMA SEPTIMA.-Los Comités de trabajo serán integrados por la membresía y serán dirigidos por los miembros del Consejo Directivo -DE LA DISOLUCION DE LA ASOCIACION
TRIGESIMA OCTAVA.- La Asociación podrá disolverse: a) Por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria tomado por el setenta y cinco por ciento de su asistencia b) Por quedar la Asociación reducida a menos de veinticinco asociados TRIGESIMA NOVENA.-Disuelta la Asociación se pondrá en liquidación la que se llevará cabo de acuerdo con las bases que fija la Asamblea, cumpliendo con los requisitos legales. Los Señores Asociados después de un profundo análisis de la reforma propuesta aprobaron por unanimidad de votos, los estatutos sociales anteriormente transcritos
PRESIDENTE LILIA PATRICIA GUTIERREZ DE VELASCO URTAZA DIC 2019
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